Análisis de la Coexistencia entre las Cláusulas de Rescisión y el artículo 17 del Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores
- Detalles
- Categoría: Doctrina Derecho Español, Transfronterizo del Deporte
- Fuente: ELENA CASERO CAÑAS
El Derecho Deportivo español, caracterizado por la relevancia adquirida por su casuística, vive, desde el pasado mercado de invierno, cierta incertidumbre en relación a cuáles van a ser las nuevas reglas de la contratación internacional de jugadores, y qué papel podría jugar la que ha venido a nominarse como la “vía del artículo 17”. Por ello, son muchas las voces que se preguntan si estamos asistiendo a la consolidación del derecho del jugador de determinada edad y que lleve un determinado número de años prestando servicios para el club, a resolver su contrato de forma unilateral y anticipada mediante el pago de una indemnización que podría limitarse, en algunos casos, al remanente de su contrato.
Nos encontramos ahora, por tanto, en plena jornada de reflexión en relación a la efectividad de las cláusulas de rescisión en el sistema del deporte del fútbol español. De esta forma, queremos llevar a cabo un breve análisis partiendo precisamente de otro de los rasgos que caracterizan a nuestro Derecho Deportivo: la coexistencia del derecho federativo, con el derecho normativo, corpus del ordenamiento jurídico español.
1.- El carácter principal de la autonomía de la voluntad en la determinación de las indemnizaciones.
En primer lugar, debemos partir de la premisa de que el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de FIFA (en adelante, Reglamento FIFA) consagra, como uno de sus principios esenciales, el de estabilidad contractual entre jugadores profesionales y clubes. A estos efectos, el artículo 13 Reglamento FIFA dispone que “un contrato entre un jugador profesional y un club podrá rescindirse sólo al vencimiento del contrato o de común acuerdo”. En conexión con lo anterior, el artículo 16 Reglamento FIFA prohíbe la rescisión unilateral de un contrato “en el transcurso de una temporada”. El principio de estabilidad contractual es la columna vertebral del acuerdo suscrito entre FIFA/UEFA y la Unión Europea en el año 2001, y ha inspirado la redacción de las distintas versiones del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores FIFA desde el año 2001. Por lo tanto, resulta ciertamente algo precipitado el concluir que, en base al Reglamento FIFA, se puede deducir un derecho para el jugador que le permita rescindir unilateralmente su contrato bajo cualquier circunstancia.