LA ESPECIFICIDAD DEL DEPORTE
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- Categoría: Doctrina Derecho Español, Transfronterizo del Deporte
- Publicado: Jueves, 12 Mayo 2011
- Fuente: Juan José Álvarez Rubio
Faculté de DroitUniversité de Perpignan Via Domitia
De nuevo sobre la prevalencia del Ordenamiento Jurídico Español respecto de las normas FIFA: breve reflexión sobre la ineficacia del artículo 64 del Código Disciplinario FIFA en España
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, en Sentencia de 23 de marzo de 2009 (Ponente: Manuel Aragón Reyes), ha resuelto la cuestión 3534/2007, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Mérida, declarando inconstitucional el artículo 69.3.C) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
La consulta plantea si resulta conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y a su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, la cesión de datos del Padrón municipal de habitantes de la población consultante al Consulado General de España en Montpellier (Francia), correspondientes al nombre, apellidos y domicilio o residencia de los hijos de una persona fallecida en dicho país, con la finalidad de que dichos afectados puedan conocer lo cocerniente a la condición de beneficiaria de una prestación de la seguridad social francesa de su madre fallecida.