TSJ Pais Vasco Social, 12/05/08, unificación doctrina 4422/2006 (caso Zubiaurre)
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- Categoría: Jurisprudencia Derecho Español, Transfronterizo del Deporte
- Fuente: diariovasco
Demanda de daños y perjuicios frente a un jugador profesional de fútbol, por haber contratado con otro equipo estando vigente el contrato inicial. Condenado a pagar 5 millones de indemnización recurren, el jugador, laReal Sociedad (en cuya plantilla jugaba), y el Athletic Club (condenado subsidiario).
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Social
SENTENCIA:
Presidente Excmo. Sr. D.:
Aurelio Desdentado BoneteFecha Sentencia:
12/05/2008Recurso Num.:
UNIFICACIÓN DOCTRINA 4422/2006Fallo/Acuerdo:
Sentencia DesestimatoriaVotación:
07/05/2008Procedencia:
T.S.J.PAIS VASCO SOCIALPonente Excmo. Sr. D.
Luis Ramón Martínez GarridoSecretaría de Sala:
Ilma. Sra. Dña. María Emilia Carretero LopateguiReproducido por:
OLMDemanda de daños y perjuicios frente a un jugador profesional de fútbol,
por haber contratado con otro equipo estando vigente el contrato inicial.
Condenado a pagar 5 millones de indemnización recurren, el jugador, la
Real Sociedad (en cuya plantilla jugaba), y el Athletic Club (condenado
subsidiario).
Recurso Num.:
/4422/2006Ponente Excmo. Sr. D.:
Luis Ramón Martínez GarridoVotación:
07/05/2008Secretaría de Sala:
Ilma. Sra. Dña. María Emilia Carretero LopateguiSENTENCIA NUM.:
TRIBUNAL SUPREMO. SALA DE LO SOCIAL
Excmos. Sres.:
D. Gonzalo Moliner Tamborero
D. Antonio Martín Valverde
D. José Luis Gilolmo López
D. Jordi Agustí Juliá
D. Luis Ramón Martínez Garrido
En la Villa de Madrid, a doce de Mayo de dos mil ocho.
Vistos los autos pendientes ante la Sala en virtud de los recursos de
casación para la unificación de doctrina formulados por los Procuradores D.
Gonzalo Ruiz de Velasco Martínez de Ercilla, en la representación que ostenta de
D. IVAN ZUBIAURRE URRUTIA, D. Guzmán de la Villa de la Serna, en la
representación que ostenta de REAL SOCIEDAD DE FUTBOL, S.A.D., y D.
Ignacio Argos Linares, en la representación que ostenta de ATLETIC CLUB,
frente a la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del
País Vasco, de fecha 17 de octubre de 2.006 dictada en el rollo de aquella Sala
nº 2058/06, interpuesto contra la sentencia de fecha 9 de marzo de 2.006, dictada
por el Juzgado de lo Social nº 1 de San Sebastián, en autos núm. 601/05,
seguidos a instancia de D. IVAN ZUBIAURRE URRUTIA, REAL SOCIEDAD DE
FUTBOL, S.A.D., y ATLETIC CLUB contra D. IVAN ZUBIAURRE URRUTIA,
REAL SOCIEDAD DE FUTBOL, S.A.D., y ATLETIC CLUB, sobre CANTIDAD.
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D.
GARRIDO
LUIS RAMÓN MARTÍNEZ,ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-
de San Sebastián dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva:
"Que estimando en parte la demanda presentada por Real Sociedad de Fútbol,
SAD, contra D. IVAN ZUBIAURRE URRUTIA y Athletic Club, SAD, debo
condenar a D. IVAN ZUBIAURRE URRUTIA al pago de la cantidad de 5.000.000
de euros (cinco millones) en concepto de indemnización por daños y perjuicios
derivados de la extinción unilateral del contrato de trabajo, y sin que sea
imputable a la empleadora, debiendo condenar con carácter subsidiario a Athletic
Club, SAD, al pago de la mencionada cantidad." Con fecha 17 de marzo de 2.006
se dictó auto de aclaración en el que consta la siguiente parte dispositiva: "Que